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¡ OTRA VEZ A LA COOPERATIVA DE LA POLICIA NACIONAL! AHORA DESPIDIENDO EL 2022.

Por: Redacción

Una comisión de la Unión de Veteranos con Propósito (UNIVEPRO), acudió la mañana de este viernes 30 de diciembre 2022, a la oficina del presidente de la cooperativa de ahorros, créditos y servicios múltiples de los miembros de la Policía Nacional (COOPOL ) Ing. Claudio Peguero Castillo P.N, con la finalidad de entregar una misiva, donde está plasmada una petición de entrega de excedentes , que corresponde a cada miembro puesto en retiro desde la fundación de la COOPOL hasta la fecha, ¡algo sin precedente en la historia de la Policía Nacional!

La comisión estuvo encabezada por el Capitán (r) Lic. Jesús Merán P.N, quien se hizo acompañar del 2do. Tte. (r) Martin Peralta y el S/M Juan Colón P.N, para la entrega de la misma, la cual dice de manera siguiente:

                                                                                                                                        30 diciembre 2022

AL             :  Director de la cooperativa de ahorros, créditos y servicios múltiples

                     De los miembros de la policía nacional (COOPOL)

                      SU DESPACHO

DE LA       :  Unión De Veteranos Con Propósito (UNIVEPRO)

ASUNTO  : Solicitud de excedentes

Cortésmente, después de un afectuoso saludo, y desearle éxito en el ejercicio de sus funciones, sirva la presente misiva, para llamar a la reflexión y sensatez de la directiva del COOPOL.

Resaltamos que la ´¨UNION DE VETERANOS CON PROPOSITO¨¨ ve con preocupación que los pensionados del 01-03-2022, ya tenemos casi diez meses y no se nos ha entregado los excedentes correspondientes, ya que los excedentes cooperativos, se obtiene de hallar la diferencia de los ingresos y gastos de la cooperativa. Si esta diferencia es positiva (como así anuncia cada año la COOPOL) existen excedentes y los socios de dicha cooperativa tendrán la oportunidad de acceder a este tal como lo establece la ley 127-64.

Reconocemos que la devolución de haberes a los socios retirados o excluidos debe hacerse conforme a lo establecido en el artículo 45 del reglamento de la aplicación de la ley 127-64.                                                                                                              

 Recordamos que en los estatutos de la COOPOL establece en su artículo 7 que inmediatamente fuimos puestos en retiro, dejamos de pertenecer a la misma, ya que esta es una de las causas que menciona para dejar de ser miembro de la COOPOL; el art. 8 del referido estatuto, establece que a los 90 días se le debe hacer entrega de estos beneficios.

 La aprobación de la distribución de excedentes es una responsabilidad exclusiva de la asamblea general de los socios, el literal N del artículo 1 explica claramente cómo deben ser distribuidos los excedentes, esta asamblea que se reúne para conocer los balances, memorias, inventarios y distribución de excedentes. 

Debemos resaltar que, aunque la asamblea define la distribución de los excedentes, esta distribución debe ser aprobada por el IDECOOP, antes de ser aprobada en la asamblea, ósea, que antes de ese proceso asambleario, debe llevarse una propuesta al órgano oficial a los fines de autorizar dicha distribución como lo establece el artículo 63 de la Ley 127-64. Sabemos que el cierre fiscal de la COOPOL es el 31 de diciembre de cada año y, que la asamblea se reúne en el primer trimestre de inicio del año, para tratar sobre los beneficios obtenidos entre otras casas de su competencia.

Es muy importante tomar en cuenta, que lo único que impide legalmente la distribución de los excedentes en efectivo a los miembros de una cooperativa, es que la misma no haya cumplido 5 años en sus operaciones, en conformidad con el artículo 43 del reglamento 623-86, que ordena a que esto sea parte de las aportaciones de los asociados de la cooperativa a los fines de capitalizarla. Por tal razón, entendemos que no hay justificación alguna para retener la distribución de los excedentes, ya que la cooperativa fue creada mediante el Decreto Nº 93-17. Decreto que Concede Incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de los Miembros de la Policía Nacional, de fecha de disposición 30 de marzo 2017 y publicado el 03 de abril del 2017, por lo que hace 5 años y 9 meses desde el decreto que concede su incorporación.

Esperamos tener una repuesta lo antes posible de parte de la directiva de la (COOPOL)

Sin más que agregar y en espera de su reconocida sensatez, se despiden

Atentamente,

2do. Tte. ® Martin Peralta P.N                    S/M ® Juan Colon Reyes P.N

Director adjunto                                                   Director adjunto

Cap. ® Lic. Jesús Merán P.N

Director

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